¿Cuándo inicia la obligación de declarar un Esquema Reportable?

A partir del año 2021, aquellos esquemas reportables que fueron diseñados, comercializados, organizados, implementados o administrados a partir de 2020, o con anterioridad a dicho año cuando sus efectos fiscales se reflejen en los ejercicios fiscales comprendidos a partir de 2020.

En este caso el obligación del contribuyente el declararlo.

*Fuente: artículo octavo de las DISPOSICIONES TRANSITORIAS DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN C.F.F (DOF 9-DIC-2019)

 

¿Quiénes están obligados a declarar un esquema reportable?

Asesoría fiscal:

Si eres un asesor fiscal que a partir del año 2020 diseñó, comercializó, organizó, implementó o administró algún esquema reportable, o bien, que puso a disposición de un tercero la totalidad de un esquema reportable para su implementación, estás obligado a revelar dichos esquemas reportables a partir del 1° de enero de 2021.*

*Fuente: artículo 197 CFF.

 

Contribuyente:Qué información debe llevar la revelación de un esquema reportable?

Si eres un contribuyente que diseñó, organizó, implementó y administró algún esquema reportable a partir del 2020 o con anterioridad a dicho año cuando alguno de sus efectos fiscales se refleje en los ejercicios fiscales comprendidos a partir del 2020, estás obligado a revelar dicho esquema reportable a partir del 1° de enero de 2021.*

*Fuente: artículo 198 CFF.

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