Dictamen del Impuesto sobre Nóminas en Yucatán: Obligaciones, plazos y sanciones
Autores
Roger Cabañas
Socio y Director General
Yolanda Quintal
Seguridad Social y Laboral
19 de Agosto 2025
Desde 2021, la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán establece la obligación para ciertos contribuyentes de presentar un dictamen del Impuesto sobre Nóminas (ISN) emitido por un contador público certificado. El cumplimiento de esta obligación no solo evita sanciones y multas, sino que también puede prevenir auditorías y procedimientos de verificación por parte de la autoridad fiscal estatal.
¿Quiénes están obligados a dictaminar el ISN en Yucatán?
De acuerdo con el artículo 27-K de la Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán, deberán presentar dictamen los contribuyentes que en el ejercicio fiscal:
- Hayan realizado pagos a más de 100 trabajadores en promedio mensual.
- Hayan erogado más de $12,000,000.00 por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado o a honorarios asimilables a salarios.
Este dictamen únicamente puede ser emitido por un contador público certificado y registrado ante la Agencia de Administración Fiscal de Yucatán (AAFY).
Fechas clave de presentación
El cumplimiento de esta obligación implica dos etapas:
Aviso de dictamen: a más tardar el 31 de marzo del ejercicio siguiente.
Presentación del dictamen: a más tardar el 30 de junio del ejercicio inmediato posterior al que se dictamina.
El aviso y el dictamen se presentan ante la AAFY, utilizando los formatos y plataformas autorizadas.
Beneficios de cumplir con el dictamen
Además de atender la obligación legal, presentar el dictamen en tiempo y forma otorga ventajas importantes para las empresas:
Prevención de auditorías directas por parte de la autoridad.
Evita sanciones y multas establecidas en el artículo 106 de la Ley General de Hacienda de Yucatán.
Reduce el riesgo de que la autoridad emita cédulas de diferencias derivadas de procedimientos de verificación de pagos.
Sanciones por incumplimiento
No presentar el dictamen puede generar sanciones económicas significativas:
Multa de 164 a 329 veces la UMA, conforme a los artículos 106 y 107 del Código Fiscal del Estado de Yucatán.
Riesgo de auditorías adicionales y procedimientos de verificación que incrementan la carga administrativa de la empresa.
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El dictamen del ISN en Yucatán representa una obligación estratégica para empresas con una nómina significativa. Cumplir con esta disposición no solo evita sanciones, sino que otorga certeza fiscal y permite a las organizaciones mantener un control más sólido sobre sus obligaciones tributarias.
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