¿Quiénes están obligados a presentar el Dictamen de ISN en Campeche?

Autores

Roger Cabañas

Socio y Director General

Yolanda Quintal 

Seguridad Social y Laboral

02 de Octubre 2025

El Dictamen del Impuesto Sobre Nóminas (ISN) en Campeche es una obligación fiscal que deben cumplir determinados contribuyentes que alcanzan ciertos umbrales de trabajadores o erogaciones por concepto de remuneraciones. También existe la posibilidad de presentarlo de manera voluntaria, siempre que se cumpla con los plazos y requisitos establecidos en la Ley de Hacienda del Estado de Campeche y en el Código Fiscal estatal.

Sujetos obligados

De acuerdo con la normativa, están obligados a dictaminar el ISN las siguientes entidades:

  • Personas físicas.

  • Personas morales.

  • Unidades económicas.

Siempre y cuando, las entidades, en el año inmediato anterior, las entidades se encuentran en cualquiera de los siguientes escenarios:

  • Haber realizado erogaciones o pagos (en efectivo o especie) por concepto de remuneraciones al servicio personal subordinado, a un promedio mensual de 100 o más trabajadores.

  • Haber realizado, en uno o más meses, erogaciones o pagos (en efectivo o especie) por concepto de remuneraciones al servicio personal subordinado, acumulados por $1,000,000.00 MXN o más.

Es importante mencionar que este monto se actualiza cada enero, conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) y al procedimiento previsto en el artículo 27 del Código Fiscal del Estado de Campeche.

Dictamen voluntario

Las personas físicas, morales o unidades económicas que no se encuentren en los supuestos obligatorios pueden optar por dictaminarse respecto del año inmediato anterior. Para ello, deben presentar un aviso a más tardar el 31 de enero del año de calendario siguiente y ajustarse a las reglas emitidas por el SEAFI (Servicio de Administración Fiscal del Estado de Campeche).

Plazos de presentación

El dictamen debe presentarse a más tardar el 31 de julio del año de calendario siguiente a aquel que se dictamina.

Sin embargo, como se mencionó con anterioridad, el plazo para la presentación del aviso es a más tardar el 31 de enero. 

Sanciones por incumplimiento

En caso de no presentar el dictamen estando obligado u optando por hacerlo, el contribuyente incurre en una infracción sancionable con multa que va de 25 a 250 UMAs, de acuerdo con el artículo 92 del Código Fiscal del Estado de Campeche.

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