Viáticos deducibles: Reglas, límites y requisitos fiscales clave

Autores

Roger Cabañas

Socio y Director General

Francisco Marañón

Cumplimiento de Obligaciones

29 de Julio 2025

Los viáticos deducibles son los gastos de viaje pagados a trabajadores o prestadores de servicios por conceptos como alimentación, hospedaje y transporte, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 28, fracción V de la Ley del ISR

Requisitos para deducir los viáticos

Para que los viáticos sean deducibles, deben cumplir con las siguientes condiciones establecidas en el Artículo 28, fracción V de la LISR:

 

    • Que sean estrictamente indispensables para la actividad de la empresa
    • Que se destinen a alimentación, hospedaje, transporte, uso o goce temporal de automóviles o pago de kilometraje.
    • Deben realizarse fuera de una faja de 50 km alrededor del establecimiento del contribuyente.
    • La persona que reciba el viático debe tener relación laboral con el contribuyente,  o prestarle servicios profesionales (honorarios).
    • Los gastos deben estar amparados con un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) si se realizan en territorio nacional, o con la documentación comprobatoria correspondiente si se efectúan en el extranjero.
    • Medio de Pago: Para las deducciones, los pagos que excedan de $2,000.00 MXN deben efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, débito, de servicios, o monederos electrónicos autorizados por el SAT

Límites de deducción por tipo de gasto

A continuación, te compartimos los montos máximos deducibles y los requisitos específicos por cada tipo de gasto:

CategoríaLímite en MéxicoLímite en el ExtranjeroCondiciones Clave
Alimentación$750.00 MXN diarios$1,500.00 MXN diariosPor persona beneficiaria; requiere comprobante de hospedaje o transporte. Si solo se acompaña transporte, el pago debe ser con tarjeta de crédito del viajero.
HospedajeSin límite (en territorio nacional)$3,850.00 MXN diariosRequiere documentación comprobatoria del transporte. Solo si hay pernocta fuera del domicilio fiscal.
Uso Temporal de Automóvil (Arrendamiento y relacionados)$850.00 MXN diarios$850.00 MXN diariosRequiere comprobante de hospedaje o transporte.
Transporte (Pasajes aéreos, terrestres o marítimos)Sin límite específicoSin límite específicoDeducible completo siempre que el viaje sea laboral y esté debidamente comprobado con CFDI/documentación válida.
Gasolina y Mantenimiento (Uso de automóvil propio del empleado)$0.93 MXN por kmN/ALímite anual de 25,000 km recorridos. Los gastos deben ser en territorio nacional y amparados con CFDI a nombre del contribuyente, además de acompañar el comprobante de hospedaje de la persona que conduce el vehículo.

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